Confirman la medida cautelar que impide cortar el gas en TDF


Tierra del Fuego (EP), 17 de junio ‘24. La empresa no podrá suspender el servicio por falta de pago a los usuarios de Tierra del Fuego por el fallo de la Cámara de Apelaciones. A su vez, rechazó por improcedente la recusación con causa deducida por el ENARGAS y no hizo lugar al pedido de apartamiento contra la jueza federal Mariel Borruto.

Los jueces Aldo Suárez y Javier Leal de Ibarra, de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, emitieron un fallo que rechaza el recurso de queja deducido por la representante legal del Estado Nacional-Ministerio de Economía- Secretaría de Energía, contra las medidas que dispuso la jueza federal de la ciudad de Río Grande, Mariel Borruto, a raíz de la presentación colectiva encabezada por el gobernador Gustavo Melella.

Específicamente, la Cámara confirma la medida cautelar interina que ordena a las demandadas dar instrucciones a Camuzzi Gas del Sur S.A. para que se abstenga de llevar a cabo cortes o suspensión del suministro del servicio de gas por falta de pago de la facturación emitida a partir del cuadro tarifario ordenado por las Resoluciones S.E. N°41/24 y 122/24 del ENARGAS con relación a los usuarios y consumidores del servicio público de gas por redes de la subzona tarifaria Tierra del Fuego.

El mes pasado  el gobernador Gustavo Melella, y el Fiscal de Estado Adjunto presentaron una acción de amparo contra el Estado Nacional -Secretaría de Energía de la Nación- y el Ente Nacional Regulador de Gas (ENARGAS), solicitando que al momento de dictar sentencia definitiva se declare la nulidad, inconstitucionalidad e inaplicabilidad de las Resoluciones nº 41/24 de la Secretaría de Energía de la Nación y nº 122/24 del ENARGAS y/o de cualquier otra norma y/o acto concordante y/o consecuente, respecto de los usuarios y consumidores del servicio público de gas por redes de la subzona tarifaria «Tierra del Fuego», y que se ordene la devolución y/o compensación de cualquier suma abonada en función de las normas cuestionadas.

En la presentación judicial solicitaron el dictado de una medida cautelar para que se suspendan los efectos de las Resoluciones durante todo el curso del proceso y hasta el momento en que se dicte sentencia definitiva, con la intención de impedir la aplicación de los nuevos cuadros tarifarios ordenados por las normas nacionales cuestionadas. Además, se solicitó que la distribuidora se abstenga de requerir y/o perseguir el cobro de cualquier suma de dinero o llevar a cabo cortes o suspensión del suministro de gas por la falta de pago. Así también, que se le dé instrucciones a la distribuidora Camuzzi Gas del Sur S.A para que devuelva a los usuarios o los compense por cualquier eventual tarifa abonada en exceso en virtud del nuevo cuadro tarifario.

Finalmente, los camaristas entendieron que los fundamentos de la acción de amparo revisten  carácter humanitario en procura de la protección de la población, y que la medida no impide que se continúe con la facturación del servicio. De igual modo, el Tribunal entendió que el incremento de la tarifa tiene un fuerte impacto en los gastos corrientes que una familia tipo debe afrontar, y en base a estos argumentos declararon procedente la medida dispuesta por la Dra. Boruto.

Satisfacción del Gobernador

El gobernador Gustavo Melella destacó la resolución de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Federal.

“De esta manera, la iniciativa que llevó el respaldo de miles de vecinos y diversas instituciones sociales, políticas, sindicales, sigue su curso y mientras tanto la empresa Camuzzi Gas del Sur debe abstenerse de cortar o suspender el servicio de gas a los usuarios fueguinos por falta de pago”, señaló el mandatario en sus redes sociales.

Fuente https://www.eldiariodelfindelmundo.com/

Fotografía BAE Negocios